Superintendencia de Casinos de Juego
11 de Septiembre de 2023
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Imparte instrucciones a las sociedades operadoras acerca de la autorización de las bases de promociones y sus modificaciones.
Modifica la Circular N°14, del 12 de enero de 2011, que imparte instrucciones sobre el contenido y periodicidad con que la sociedad operadora debe remitir a la Superintendencia la información que indica respecto del personal de juego de los casinos de juego.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones sobre el reglamento interno del fondo de propinas del personal de juego de las sociedades operadoras de casinos de juego.
Imparte instrucciones a las sociedades operadoras acerca del contenido, comunicación y autorización del reglamento y/o las bases de torneo de juegos y sus modificaciones.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones sobre los procedimientos que las sociedades operadoras deben implementar para permitir la autoexclusión voluntaria de los jugadores a las salas de juego de sus casinos de juego.
Imparte instrucciones a las sociedades operadoras acerca de las exigencias que deben cumplir para la autorización del plan de apuestas de su casino de juego y las modificaciones al mismo, así como también respecto de la información que debe ser presentada ante la Superintendencia.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Modifica Circular N°1, de 2008, sobre acreditación de laboratorios certificadores del cumplimiento de los estándares técnicos exigibles para las máquinas de azar que sean explotadas en casinos de juego autorizados en conformidad a la Ley N°19.995.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones a las sociedades operadoras sobre la forma en que deben comunicar a la Superintendencia el horario de funcionamiento de los casinos de juego.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones a las sociedades operadoras en orden a que no podrán comenzar la ejecución de modificaciones sustanciales a los proyectos autorizados sin que previamente el Consejo Resolutivo se haya pronunciado favorablemente respecto de ellas.
Se refiere al correcto sentido y alcance de la expresión “número mínimo de mesas de juego y máquinas” que utiliza el artículo 5° de la Ley N°19.995 y de si la exigencia acerca del número mínimo establecida en el referido artículo resulta aplicable a las posiciones de bingo.
Imparte instrucciones a las sociedades operadoras acerca de la notificación e implementación de modificaciones, aumentos o disminuciones de mesas de juego, máquinas de azar y del bingo del casino de juego y deroga Circular N°7 de 10 de junio de 2009.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones sobre el contenido y periodicidad con que la sociedad operadora debe remitir a la Superintendencia la información que indica respecto del personal de juego de los casinos de juego.
Documento Adjunto (archivos comprimidos)
Imparte instrucciones sobre el conocimiento, tramitación y resolución de los reclamos interpuestos en contra de los casinos de juego autorizados conforme a la Ley N°19.995.
Imparte instrucciones generales sobre sistemas de programas de juegos para máquinas de azar respaldados por un servidor (SSGS: Server Supported Game System) que se expotan en casinos de juego autorizados al amparo de la Ley N°19.995.
Imparte instrucciones generales sobre sistemas progresivos inter casinos (WAP: Wide Area Progressive) para máquinas de azar que se explotan en casinos de juego autorizados al amparo de la Ley N°19.995.